"Restricted Substance List", o su abreviatura de uso común "RSL", se ha convertido en un término común en la industria del curtido.
Es importante distinguir entre una
y
La primera pregunta que surge de inmediato es: ¿Quién establece los requisitos en las listas de RSL que están en el escritorio de la oficina de curtiduría?
Básicamente hay 2 grupos involucrados:
1. Legisladores
2. Fabricantes/Marcas, etiquetas ecológicas, las ONG y consorcios (como ZDHC)
Cada país tiene sus propias regulaciones y leyes sobre productos químicos. Si nos fijamos en las sustancias químicas restringidas a nivel mundial, es evidente que algunos países tienen considerablemente más regulaciones en esta área que otros.
En todo el mundo, los reglamentos más estrictos para los productos químicos son los de los países de la Unión Europea (UE), donde todas las anteriores Directivas químicas de la UE se han reunido en un Anexo (Anexo XVII) del Reglamento de la UE 1907/2006, comúnmente llamado REACH. Este reglamento es obligatorio para los 26 países de la UE.
El Reglamento UE-REACH
(y las anteriores Directivas de la UE) restringe:
o
El curtidor europeo que compre un producto químico de un proveedor europeo tendrá que revelar al proveedor de productos químicos el uso de dicho producto químico para asegurar que se pueda establecer un argumento de exposición válido y basado en el riesgo para el uso identificado. El registro REACH de una sustancia química y los costes considerables que conlleva son responsabilidad del fabricante o importador de productos químicos de la UE. Sólo si los curtidores importan productos químicos a la UE, participarán directamente en el proceso de registro.
Los curtidores en otras partes del mundo no necesitarán realizar ningún proceso de registro, pero tendrán que ser cuidadosos con la selección de sus productos químicos. Si su cuero se exporta en algún momento a clientes europeos, el cuero debe cumplir con los requisitos REACH sobre sustancias restringidas para artículos de consumo, tal como se indica en el anexo XVII del Reglamento de la UE. Además, las sustancias de alta preocupación (SVHC), enumeradas en el anexo XIV (REACH), no deben estar presentes en el cuero en más del 0,1% (= 1000 ppm).
Otros países están planificando o ya han comenzado a implementar regulaciones químicas similares al Reglamento REACH para los países de la UE. La esperanza es que no habrá variaciones significativas entre los países en términos de la legislación. La armonización de los requisitos sería una ventaja para todos, pero aún no es así.
En los Estados Unidos, las Agencias Federales, la EPA (Agencia de Protección Ambiental) y la CPSC (Consumer Product Safety Commission) controlan las regulaciones y directrices a nivel nacional. Además, los estados individuales tienen sus propias regulaciones. Por ejemplo, el estado de California tiene su "Proposición 65" de regulación, que protege a los ciudadanos californianos de la exposición a ciertas sustancias nocivas cuya presencia tiene que estar en la lista de artículos de consumo con frases de advertencia adecuadas.
Japón tiene regulaciones para sustancias dañinas; la más comúnmente observada en la industria del cuero es la Ley 112 que restringe sustancias nocivas (por ejemplo, formaldehído) en productos para el hogar.
China tiene normas nacionales, por ejemplo: GB 18401 y GB 20400, que limitan la cantidad de sustancias nocivas en los artículos de consumo.
Las regulaciones en un área pueden tener un impacto muy rápido a nivel global, esto es típico de varias restricciones de la UE. Muchos artículos de cuero hechos en otras partes del mundo terminan siendo vendidos en los países de la UE o en países que ejercen prácticas de regulación químicas similares. Un buen ejemplo son las aminas aromáticas prohibidas, colorantes fromazo o PCP (Penta Cloro Fenol), donde la directiva inicial de la UE se convirtió rápidamente en el requisito mundial.
Existen varios tratados y acuerdos internacionales administrados por las Naciones Unidas que limitan los productos químicos específicos. Dos ejemplos de estos tratados internacionales son:
El "Protocolo de Montreal sobre las sustancias que agotan la capa de ozono", diseñado para eliminar globalmente el uso de sustancias que pueden causar una reducción de la capa de ozono. El Protocolo de Montreal ha sido ratificado por 196 naciones y requiere que los países implementen su propia legislación. Por ejemplo, la UE aplicó el Reglamento1005/2009 que enumera y controla el uso de todas las sustancias que agotan la capa de ozono en los países de la UE.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) está firmado por 151 países. Requiere que las partes involucradas adopten medidas para eliminar o reducir la liberación de COP en el medio ambiente. Inicialmente se identificaron 12 sustancias COP y en mayo del 2009, se agregaron 9 sustancias adicionales. Estas sustancias son pesticidas orgánicos clorados, retardantes de llama orgánicos bromados y sulfonatos de perfluoroctano (PFOS).
Detrás de cada etiqueta ecológica se destaca sobre todo un instituto de pruebas o un grupo de institutos de prueba
Hay un número creciente de Ecolabels disponibles. Para tener éxito, la etiqueta ecológica debe ser reconocida y utilizarse con artículos de consumo. En la mayoría de los casos, detrás de cada etiqueta ecológica se encuentra un instituto de pruebas o un grupo de institutos de control, que son responsables de supervisar el cumplimiento y la publicación de los Ecolabels. En Europa, la promoción, la comercialización y las pruebas para etiquetas ecológicas son ahora un negocio comercial considerable para los laboratorios involucrados y algunas marcas que enlazan sus productos con una Ecolabel.
Algunos ejemplos típicos de etiquetas ecológicas vistas en tiendas europeas de ropa y artículos de cuero son: Oeko-Tex 100, SG Label, Blue Angel emitido por el Gobierno Alemán para el Medio Ambiente, PFI Label, etc. Estas etiquetas informan al cliente que el artículo de consumo ha sido probado para sustancias nocivas y cumple con las especificaciones de dicha etiqueta ecológica.
Nota:
Muchos Ecolabels están fuertemente orientados al textil y, por ejemplo, restringen el cromo total (Cr) a valores muy bajos, lo que hace efectivamente imposible que los artículos de cuero curtidos con cromo puedan cumplir.
Etiqueta ecológica del calzado de la UE
La etiqueta ecológica del calzado de la UE se ha desarrollado para utilizar la etiqueta ecológica "Flor de la UE" para el calzado que cumple con las sustancias restringidas en el zapato y el empaquetado, así como cumplir con las exigencias ecológicas durante las diversas operaciones de fabricación de materiales y zapatos y durante su uso. Los objetivos de esta etiqueta ecológica son bien intencionados, pero sin una organización comercial de promoción y comercialización, como otros Ecolabels exitosos, será difícil obtener la aceptación de la industria del calzado.
La etiqueta de calzado de la UE aborda el análisis del impacto ambiental y del ciclo de vida considerando:
La lista MRSL según ZDHC: La lista MRSL emitida por ZDHC puede verse como un enfoque importante que consolida los valiosos datos de RSL en una lista de administración de sustancias químicas restringidas
La fundación ZDHC es una colaboración de Green Peace con marcas globales signatarias, afiliadas y asociados de la cadena de valor cuyo objetivo es la eliminación de productos químicos peligrosos de la cadena de suministro de textiles y calzado. El programa ZDHC se basa en la gestión de flujo de entrada que significa la regulación del uso de productos químicos peligrosos desde el comienzo de la cadena de valor. ZDHC ha establecido una Lista de Substancias Restringidas de Materiales (MRSL) no sólo para la industria textil, sino también para los productos químicos para el cuero. La lista MRSL da límites permisibles de sustancias peligrosas y los métodos de prueba relacionados para tales productos químicos. El MRSL se basa en datos de importantes reglamentos e investigaciones nacionales e internacionales, además del aporte de marcas y fabricantes. El MRSL puede ser visto como un enfoque importante consolidando datos valiosos de RSL en una lista adecuada de productos químicos restringidos. La lista MRSL es un documento de trabajo y actualmente no incluye biocidas y sustancias como el formaldehído que son tratadas por las regulaciones RSL individualmente.
Las marcas globales, como Adidas, Nike, H & M, Clarks, IKEA, etc., publican sus propias listas de sustancias restringidas (RSL) y las actualizan en intervalos regulares. Los valores límite de las listas son para el cuero y otros materiales utilizados por estas marcas globales. Muchos curtidores que suministran las marcas globales usan o copian estas listas y las transmiten a la cadena de suministro, por ejemplo a sus proveedores de productos químicos, con los mismos límites y los mismos métodos de prueba. En muchos casos, los métodos de ensayo son específicamente para el cuero y no son adecuados para el análisis de productos químicos. En la mayoría de los casos las marcas globales basan sus valores límite de especificación en diversos reglamentos que ya existen. Por ejemplo, el límite para los tensioactivos de etoxilato de nonilfenol (NPEO) en cuero es a menudo de 1000 mg/kg como en el Reglamento de la UE para formulaciones químicas, pero hay marcas que establecen límites tan bajos como 100mg/kg (100ppm).
Cuando no existe un reglamento, las marcas establecen sus propios valores límite. Para el formaldehído en cuero, donde no hay regulación de la UE, los límites típicos en cuero con contacto con la piel son de 20 mg/kg para zapatos de bebé y 75 mg/kg (Japón) / 100mg/kg para vestimenta y calzado para adultos. Si no hay contacto con la piel, los límites de formaldehído son típicamente alrededor de 300 mg/kg. Curiosamente la industria cosmética permite elementos de contacto de la piel con niveles considerablemente más altos para formaldehído liberable. A menudo los límites permitidos en las listas de RSL no son claramente científicos o basados en el riesgo, sino que son una medida de precaución o resultado de la competencia "verde".
les. Para asegurar que la información sobre sustancias restringidas se recoja en todo el mundo, se ha establecido la Lista Mundial de Sustancias Declarables del Automóvil (GADSL) y se requiere que aquellos en la cadena de suministro proporcionen información para las 139 sustancias enumeradas. La lista GADSL se actualiza normalmente cada año.
En un pasado reciente, se ha dado un mayor énfasis a la calidad del aire interior del automóvil , donde el cuero del asiento del coche juega un papel importante con respecto a las emisiones de sustancias volátiles, que son peligrosas y de olor potencialmente desagradable.
La Industria Automotriz Japonesa (JAMA) introdujo en 2005 normas voluntarias de calidad del aire que limitan las emisiones dentro de los automóviles. Estos datos se obtuvieron directamente de las emisiones dentro de las viviendas y se corrigió la diferencia de volumen; así que también incluyó algunas sustancias del hogar que no se encuentran dentro de un coche. Lo más importante es que además del formaldehído, por primera vez se restringió el acetaldehído - a un nivel muy bajo.
El GB/T 27630-2011 (Directrices para la Evaluación de la Calidad del Aire de los Vehículos de Pasajeros) emitido por el Ministerio de Protección Ambiental de China se orienta en forma similar a la JAMA, pero incluye otras sustancias peligrosas.
Lista Global de Sustancias Declarables de Automoción: a pesar del hecho de que las listas de productos RSL contienen cientos de sustancias, solo unas pocas son de verdadera preocupación
Las listas RSL van desde pequeñas listas con las principales sustancias relevantes para el cuero, a muy grandes listas con cientos de diferentes sustancias químicas de las cuales sólo unas pocas son de verdadera preocupación para el cuero. En la siguiente sección se presentan las sustancias más relevantes para el cuero (se revisan con más detalle en la sección Sustancias Restringidas)
Sustancias químicas legalmente restringidas
Las siguientes sustancias químicas están restringidas por restricciones legales:
Sustancias químicas restringidas por Ecolabels, marcas y fabricantes
Las siguientes sustancias químicas pueden estar restringidas por Ecolabels y marcas:
Es un problema para los curtidores encontrar su camino a través de la selva de las regulaciones y los requisitos del cliente para las sustancias restringidas. Existen muchas sustancias en las largas listas que no tienen relevancia para la industria del cuero; tomaremos el ejemplo de un curtidor que solicita una declaración por escrito de que no hay fibras de asbesto en los productos químicos de cuero que está utilizando. La armonización del gran número de listas de sustancias restringidas sería muy positiva para todos los interesados, pero teniendo en cuenta los diversos intereses de todas las partes involucradas no es fácil lograrlo en el entorno actual. Sin embargo, el enfoque más prometedor en esta dirección es la Lista de Sustancias Restringidas de Materiales para productos químicos utilizados para la fabricación de cuero. Enumera todas las sustancias químicas que no deben estar presentes en un producto químico más allá de un límite dado. El MRSL es emitida por ZDHC una asociación de múltiples partes interesadas, donde las ONG, las marcas y los fabricantes de productos químicos (a través del Grupo de Trabajo GDP-Cuero) y otros expertos que trabajan juntos. La lista MRSL se está actualizando continuamente y representa el estado de la técnica del conocimiento sobre sustancias restringidas. Es un enfoque que se basa en Gestión de flujo de entrada, que significa, evitar sustancias restringidas desde el comienzo de la fabricación de cuero.
No se incluyen en la lista MRSL biocidas y productos como formaldehído, acetaldehído y cromo (VI) que necesitan ser abordados individualmente y ser probados. Aparte de estos, la lista ZDHC-MRSL es probable que cubra el resto de los requisitos RSL de marcas y fabricantes. TFL utiliza los requisitos ZDHC-MRSL como base para su política de gestión RSL que también tiene en cuenta otros requisitos legales.
1. Cumplimiento de la normativa
Los productos químicos de TFL figuran en el Anexo A de esta declaración:
2. El cumplimiento de los requisitos de la Lista de Sustancias Restringidas de Fabricación (MRSL) de ZDHC (Versión 1.1, Diciembre 2015)
TFL ha emitido una Declaración de conformidad del producto por separado que se actualiza periódicamente y que se aplica a todos los productos de TFL. En un anexo especial, también se enumeran las cantidades de (traza) de formaldehído, fenol y metales contenidos en algunos productos TFL. También enumera activos biocidas que TFL está utilizando y todas ellas cumplen con la Directiva de Productos Biocidas de la UE (BPD). Dicha declaración de queja de producto, es un documento vivo ya que las listas de sustancias se actualizan continuamente. Muchos de ellos se derivan de REACH donde las sustancias de muy alta preocupación se identifican en un análisis basado en el riesgo y la ciencia y se ponen en la lista de SVHC.
Sobre la base de pruebas prácticas y experiencia, TFL cree que mediante el uso de sus productos de una manera correcta es posible hacer cuero que es seguro para el consumidor y el medio ambiente y que satisface todas las necesidades de RSL importantes en la industria.
Verificación de la conformidad de un proveedor de productos químicos
Es el derecho de un fabricante de cuero saber cuán fiable es realmente una declaración RSL emitida por un proveedor de productos químicos. Si puede confiar en una declaración de proveedores de productos químicos, podrá eliminar muchas pruebas (innecesarias) de su producto final y fijar su interés en sustancias que se pueden formar o reducir durante la fabricación (por ejemplo, Cr (VI), formaldehído, acetaldehído).
En la industria química textil ya existen sistemas de auditoría y certificación para proveedores químicos (por ejemplo, BlueSign, GOTS, OekoTex Eco Passpart). Para la industria química del cuero las discusiones están en la planificación de desarrollar algo similar. Por el momento, sin embargo, los proveedores de productos químicos están realizando autoevaluaciones basadas en auditorías internas, etc.
TFL ha establecido un sistema interno que consiste en pruebas químicas propias y pruebas químicas de proveedores de materias primas (sustancias químicas). TFL se alineará con un sistema de auditoría y certificación externa, tan pronto como se establezca una adecuada.
Es muy claro que las sustancias químicas necesitan pruebas adecuadas y significativas, evitando las pruebas innecesarias. Es importante tener en cuenta que los requisitos para garantizar la seguridad química son cada vez mayores y generan costos significativos a lo largo de la cadena de suministro y éstos inevitablemente se reflejarán en el precio del producto final.